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Se implementará el Reglamento de Protección de la Gran Muralla

A fin de proteger aún mejor la Gran Muralla y estandarizar los actos de su uso, hace poco el Primer Ministro Wen Jiabao firmó la Orden 476 del Consejo de Estado para promulgar el Reglamento de Protección de la Gran Muralla. Este Reglamento entrará en vigor oficialmente el primero de diciembre del presente a?o.

El Reglamento estipula explícitamente la prohibición de siete tipos de actividad en la Gran Muralla, que son llevarse tierra, ladrillos o piedras o plantar cultivos; grabar y hacer grafitos; montar en el aire o en tierra instalaciones y equipos no para la protección de la Gran Muralla; conducir vehículos o utilizarlos para cruzar o pasar por encima de la Gran Muralla; exhibir cosas que puedan da?ar la Gran Muralla; organizar actividades en los sectores de la Gran Muralla no abiertos como áreas de turismo; y otras actividades proscritas por la Ley de Protección del Patrimonio Cultural.

El Reglamento estatuye: Ninguna entidad o individuo puede construir obras de ingeniería en el área prohibida para tales obras por el Plan General de Protección de la Gran Muralla. Si se celebra una actividad en el área de visita y turismo, el número de personas no debe rebasar el índice de cupo establecido. Para la protección de la Gran Muralla es necesario aplicar la orientación fijada para el trabajo con el patrimonio cultural y adherirse a planes científicos y al principio de su conservación en estado original. “Las reparaciones de la Gran Muralla deben observar el principio de no alterar el estado original”. La instalación de se?ales de protección de la Gran Muralla no debe causarle averías. Para cada asunto importantes hay que consultar con expertos. Es preciso escuchar sus opiniones por lo que toca a la elaboración del Plan General de Protección de la Gran Muralla, al examen y aprobación de la construcción de obras relacionadas con ésta y a la decisión de otros asuntos importantes relacionados con la protección referida.

El Reglamento pone en claro que todos los ciudadanos, las personas jurídicas y las organizaciones están obligados a proteger la Gran Muralla por la ley. Conforme al Reglamento, el departamento del Consejo de Estado a cargo del patrimonio cultural, los gobiernos populares de nivel prefectural, distrital o superior de los lugares donde se encuentra la Gran Muralla y sus departamentos encargados del patrimonio cultural deben premiar a las organizaciones o individuos que hagan contribuciones sobresalientes a la protección de la Gran Muralla.

(30/10/2006, CIIC)

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